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Habilitación de instalaciones

El Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) reglamentó la obligatoriedad del cumplimiento de las condiciones relativas al resguardo de la seguridad pública que deben efectuar los usuarios de electricidad vinculados a las redes de distribución ubicadas en el área de concesión correspondiente a edenor en nuevos suministros (1) de acuerdo a las resoluciones N° 225/2011 y N° 269/2012, y de los pedidos de conexión a los suministros de tarifa T1-G (monofásicos o trifásicos) destinados a obras en construcción de acuerdo a la resolución N° 380/2015.

Este cumplimiento se acredita mediante la presentación de un certificado (DCI) expedido por un electricista matriculado.

Para conocer el listado de electricistas matriculados deberás contactar a alguno de los siguientes organismos habilitados:

En ciertas circunstancias, para inmuebles comerciales o industriales, el certificado puede ser expedido por el municipio correspondiente al domicilio del servicio como constancia de inspección final de la instalación eléctrica.

Nota: (1) se define como nuevo suministro a toda instalación que pretenda vincularse por primera vez a la red pública de distribución de energía eléctrica de baja tensión (BT).