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Habilitación de instalaciones

El Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) ha establecido la obligatoriedad de cumplir con las condiciones de seguridad pública para los usuarios de electricidad vinculados a las redes de distribución ubicadas en el área de concesión de edenor en nuevos suministros (1). Estas condiciones se rigen por las resoluciones N° 225/2011 y N° 269/2012, y se aplican también a los pedidos de conexión a los suministros de tarifa T1-G (monofásicos o trifásicos) destinados a obras en construcción, según lo dispuesto en la resolución N° 380/2015.

Para cumplir con estas condiciones, es necesario presentar un certificado (DCI) expedido por un electricista matriculado.

Para conocer el listado de electricistas matriculados, podés contactar a alguno de los siguientes organismos habilitados:

En ciertas circunstancias, para inmuebles comerciales o industriales, el certificado puede ser expedido por el municipio correspondiente al domicilio del servicio como constancia de inspección final de la instalación eléctrica.

Nota: (1) Se define como nuevo suministro a toda instalación que pretenda vincularse por primera vez a la red pública de distribución de energía eléctrica de baja tensión (BT).

Importante: Ingresá acá para conocer la regulación de referencia y el modelo con los requisitos mínimos que debe cumplir la solicitud del DCI. Recordá que cada organismo habilitado tiene formularios propios, y que el DCI solo será válido si está certificado por los organismos correspondientes.